Derecho Laboral
Derecho laboral, reconocido en el Título I de la Constitución española 1978 como un derecho ciudadano (art. 35.1 CE), el derecho al trabajo y a la libertad de elección de profesión y oficio se reconoce igualmente como un derecho básico de los trabajadores en el art. 4 del Estatuto de los Trabajadores.
Este despacho de abogados está especialmente especializado en la asistencia y defensa de los trabajadores frente a las decisiones empresariales (sanciones, movilidad funcional o geográfica, derechos para conciliar la vida laboral y familiar; despidos individuales o colectivos, derechos de huelga o sindical); y administrativas, como las derivadas de las relaciones laborales de personal laboral o empleados públicos; así como reclamaciones en Seguridad Social defendiendo solicitudes de incapacidad laboral en situaciones de incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez; contando para estos supuestos con colaboradores, peritos médicos, que avalen la pretensión jurídica.
